noviembre 15, 2024
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Veda pesquera: ante faltas, aplicarán multas de hasta G. 843 millones

Este lunes, inició la veda pesquera para que la se prevé controles de rutina por parte del Ministerio Público y el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), anunciaron que las multas van desde 3.001 jornales (G. 253 millones) hasta 10.000 jornales mínimos (G. 843 millones).

La veda va desde el 4 de noviembre hasta el 20 de diciembre del 2019 en aguas compartidas con la Argentina. En tanto que con el Brasil, se extenderá hasta el 31 de enero de 2020. “En este tiempo no se podrá pescar en los ríos Paraná, Paraguay, Apa ni Pilcomayo”, aclararon.

“En todos los casos será castigada también la tentativa: Se entenderá por pesca, a los efectos de este artículo, toda acción de búsqueda o persecución de peces con el fin de capturarlos o matarlos, ya sea con fines comerciales, deportivos o de subsistencia. Los mismos están expuestos a una sanción administrativa que van desde 3.001 hasta 10.000 jornales mínimos (entre 253 millones de guaraníes y más de 843 millones de guaraníes)”, resalta el documento.

Tiempo de veda

Resaltaron que en el caso incumplir las normas, tendrán responsabilidades penales según Ley n° 2717 que modifica el artículo 6° de la ley n° 716/96 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”.

Se castiga:

  • Captura de especies de la fauna íctica en época de veda o de prohibiciones.
  • Captura de especies de la fauna íctica en cantidades no autorizadas.
  • Captura de especies de la fauna íctica en zonas prohibidas o restringidas.
  • Captura de especies de la fauna íctica utilizando procedimientos de pesca prohibidos y artes de pesca no permitidos.
  • La realización de actividades que impidan o dificulten la reproducción o migración de las especies ícticas.
  • La utilización de explosivos como métodos de pesca.
  • Los actos previos y posteriores a la extracción de los recursos pesqueros, las operaciones de apoyo para la extracción, la recolección o el acopio después de la captura a los fines de su comercialización, procesamiento o tráfico sin la licencia previa de la autoridad administrativa o fuera de los límites permitidos para el aprovechamiento de los recursos.

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