diciembre 2, 2024
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Rige la ley que facilita la creación de empresas en 72 horas y sin costo

La Ley Nº 6480, por la cual se crea la Empresa por Acciones Simplificadas (EAS), fue promulgada ayer por el presidente de la República, Mario Abdo Benítez.

Las otras dos son: la Ley de Garantías Mobiliarias y Ley de Quiebras, que aún están en etapa de estudio y tratamiento en el Congreso.

El principal punto que plantea la Ley de EAS es reducir considerablemente el proceso y eliminar la burocracia para la creación de empresas en Paraguay. Con la misma se estima poder lograr la creación de una empresa en 72 horas, ya que actualmente se tarda como 6 meses.

Dicha posibilidad estará vigente desde julio de este año, debido a que recién para ese mes estarán terminadas la plataforma que será utilizada para realizar el proceso de inscripción, y la reglamentación de la Ley, donde se establecerá el mecanismo de inscripción.

El viceministro de Comercio, Óscar Mancuello, quien fue el vocero de la promulgación de la Ley, resaltó que otro beneficio será el costo cero para llevar adelante el proceso de creación de la empresa.

“Además de costar nada, también permite que esto se haga de cualquier parte vía internet, sin necesitar desplazarse físicamente hasta ninguna institución. Y sobre todo hay una mejora en tiempo, vimos que el proceso para abrir una empresa tarda 6 meses, ahora estimamos que se podría hacer en 72 horas”, dijo.

Además de mejorar el tiempo, la Ley apunta a reducir la brecha de informalidad en el sector de Mipymes, que hoy está en torno al 60%, según Mancuello.

“Tenemos datos estadísticos que nos dicen que 6 de cada 10 pequeñas empresas están en el sector informal”, expresó el viceministro.

CREACIÓN. La nueva ley establece que la EAS se creará mediante contrato o acto unilateral que conste en instrumento público, o instrumento privado con certificación de firma por escribano público o funcionario registrador de la oficina ante la cual se efectúe la inscripción.

Para la creación de la EAS, la empresa interesada deberá declarar el nombre, documento de identidad y domicilio de los integrantes de la empresa. Asimismo, la denominación de la persona jurídica, seguida de las palabras “Empresa por Acciones Simplificada” o de sus iniciales (EAS); el domicilio principal de la empresa; el objeto de la empresa, y la duración de la empresa, la que se entenderá que es indefinida en caso de que el acto constitutivo no contenga disposición al respecto.

Como requisito también se deberá detallar el capital social, el emitido, el suscripto y el integrado, la clase, número y valor nominal de las acciones, y la forma y términos en que estas deberán integrarse. Las normas según las cuales se deben distribuir las utilidades y la cuota de cada integrante en ellas y las pérdidas; y la organización de la administración, de las reuniones de integrantes de la empresa y, en su caso, de la fiscalización, detalla la normativa.

La cifra
meses se tarda en crear una empresa, lo que se reduce a 72 horas con la Ley de Empresas por Acciones Simplificadas.

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